Canarias recauda cada vez más, pero empresarios, autónomos y familias continúan esperando una rebaja anunciada durante años.
Hay promesas electorales difíciles de comprobar. Y hay otras extraordinariamente sencillas. Bajar un impuesto del 7 al 5 por ciento pertenece a la segunda categoría. No admite demasiadas interpretaciones. O se baja o no se baja.
El tipo general del Impuesto General Indirecto Canario pasó del 5 al 7 por ciento en 2012, en uno de los momentos más difíciles de la crisis económica y presupuestaria que atravesaban Canarias y el conjunto de España.
Aquellas circunstancias excepcionales justificaron entonces la exigencia de un esfuerzo adicional a ciudadanos y empresas. Han transcurrido catorce años.
En ese tiempo Canarias ha conocido gobiernos de distinto signo político, períodos de crecimiento, una pandemia, una recuperación extraordinariamente intensa de la actividad económica y turística y una evolución de la recaudación que hoy se encuentra en niveles difícilmente imaginables cuando se produjo aquella subida. El IGIC, sin embargo, continúa en el 7 por ciento.
Y lo verdaderamente relevante ya no es únicamente que permanezca. Es que algunas de las fuerzas políticas que durante años defendieron su reducción llegaron finalmente al Gobierno habiendo incorporado expresamente esa rebaja a sus compromisos electorales y al acuerdo sobre el que se sustentó el nuevo Ejecutivo autonómico.
El compromiso era perfectamente comprensible: reducir el tipo general del 7 al 5 por ciento. No era una declaración filosófica sobre la conveniencia de disminuir la presión fiscal. Era un número: del 7 al 5. Precisamente por eso resulta tan sencillo comprobar su cumplimiento. Y, a día de hoy, el resultado también puede expresarse con un número: 7 por ciento.
De lo extraordinario a lo permanente.
Existe una curiosa característica en muchas decisiones tributarias. Las circunstancias que justifican una subida pueden desaparecer. El impuesto, generalmente, permanece. Lo excepcional acaba convirtiéndose en ordinario.
En Canarias hemos tenido incluso ocasión de contemplar un breve camino de regreso. En 2019 el tipo general del IGIC se redujo del 7 al 6,5 por ciento. La experiencia merece ser recordada íntegramente, también cuando sus datos no favorecen un determinado discurso.
La recaudación del IGIC descendió aquel año desde aproximadamente 1.702 millones de euros en 2018 hasta 1.585 millones en 2019 y quedó por debajo de la previsión presupuestaria. El Gobierno que posteriormente restituyó el tipo al 7 por ciento utilizó precisamente ese resultado para sostener que la reducción fiscal no había incrementado la recaudación. Es un dato relevante. Y conviene asumirlo.
Porque un debate fiscal serio no debería construirse seleccionando únicamente los números que confirman nuestras preferencias.
Pero tampoco aquel dato de 2019 puede convertirse en una conclusión económica válida para siempre. La Canarias de 2026 no es la Canarias de 2019. Ni su nivel de precios, ni el volumen de actividad, ni la afluencia turística, ni la recaudación, ni el tamaño nominal de su economía son los mismos.
Por eso la cuestión no consiste en discutir eternamente qué ocurrió durante un ejercicio concreto. La verdadera pregunta es otra: ¿qué ocurriría hoy?
Una promesa electoral no es un contrato. Pero tampoco debería ser propaganda desechable
Naturalmente, un programa electoral no constituye jurídicamente un contrato entre candidato y elector. Nadie puede acudir a un tribunal solicitando el cumplimiento forzoso de una promesa política. Pero que una obligación no sea jurídicamente exigible no significa que carezca de consecuencias. Existe algo anterior al Derecho y extraordinariamente importante en cualquier democracia: la confianza.
Los ciudadanos adoptan decisiones electorales atendiendo, entre otras razones, a los compromisos que les presentan quienes aspiran a gobernarlos. Las empresas también realizan previsiones. Los autónomos adoptan decisiones económicas. Las familias organizan sus gastos.
Y cuando una determinada medida fiscal se anuncia reiteradamente, forma parte legítimamente de las expectativas con las que los agentes económicos contemplan el futuro.
El acuerdo político que sustentó al Gobierno formado en 2023 recogió expresamente una política de reducción selectiva del IGIC del 7 al 5 por ciento. La cuestión llegó después al propio Parlamento como uno de los compromisos fiscales centrales de la legislatura.
Si posteriormente las circunstancias económicas han cambiado tanto que hacen imposible ejecutar aquel compromiso, el Gobierno tiene perfecto derecho a explicarlo. Pero debería explicarlo. Y debería hacerlo con números. Lo que resulta más difícil de aceptar es que una promesa fiscal concreta vaya alejándose silenciosamente mientras la recaudación tributaria continúa creciendo.
Los números ya no permiten esconder el debate
Las políticas fiscales pueden discutirse ideológicamente. Los números, bastante menos. En 2019, último ejercicio anterior a la pandemia, la recaudación del IGIC se situó alrededor de los 1.585 millones de euros. La crisis sanitaria provocó después una caída extraordinaria: 1.234 millones en 2020 y aproximadamente 1.298 millones en 2021. Pero la recuperación posterior fue espectacular.
En 2022 se alcanzaron aproximadamente 1.890 millones de euros. En 2023, la Agencia Tributaria Canaria informó de una recaudación acumulada de 2.135 millones, un 12,93 por ciento superior a la de 2022 y un 34,66 por ciento superior a la de 2019. Y la tendencia ha continuado.
El dato más reciente resulta especialmente expresivo. Durante solo los seis primeros meses de 2026, Canarias recaudó 1.361 millones de euros mediante el IGIC, un 4,5 por ciento más que en el mismo período de 2025. El conjunto de impuestos gestionados aportó en ese semestre 1.521 millones. No estamos, por tanto, ante una Hacienda pública contemplando el desplome de su principal figura tributaria indirecta.
Estamos ante unos ingresos que se mantienen en cotas históricamente elevadas. Y es aquí donde la discusión cambia de naturaleza.
El error de contemplar al empresario solamente como contribuyente.
Cuando una Administración contempla a una empresa o a un autónomo exclusivamente desde la perspectiva recaudatoria comete un error. El empresario no es solamente alguien a quien cobrar impuestos. Compra. Vende. Invierte. Contrata trabajadores. Paga salarios. Genera cotizaciones. Asume riesgos. Financia proyectos. Y vuelve a poner en circulación buena parte de los recursos que obtiene.
El autónomo tampoco es una casilla de una estadística tributaria. Detrás de cada pequeño negocio existe una persona que debe afrontar alquileres, suministros, seguros, cotizaciones, salarios, financiación y obligaciones fiscales antes de saber siquiera cuál será finalmente su beneficio.
Por eso dos puntos de imposición indirecta no pueden analizarse exclusivamente multiplicando una base imponible por un tipo tributario. La economía no es estática. Las personas reaccionan a los precios. Las empresas reaccionan a la demanda. La inversión reacciona a las expectativas. Y también los contribuyentes reaccionan a los incentivos. ¿Puede bajar el IGIC y aumentar la actividad? Por supuesto.
¿Significa eso que una reducción del 7 al 5 por ciento vaya a provocar necesariamente una recaudación superior? No. Y conviene decirlo con claridad. Una reducción fiscal no se convierte mágicamente en mayor recaudación. La experiencia de 2019 aconseja precisamente evitar afirmaciones simplistas.
Pero existe una diferencia fundamental entre sostener que una rebaja se autofinanciará necesariamente y afirmar que una rebaja producirá efectos económicos que deben ser estudiados antes de descartarla.
Una reducción del IGIC puede trasladarse a menores precios. Puede aumentar la renta disponible de las familias. Puede favorecer determinadas decisiones de consumo. Puede mejorar la competitividad. Puede aumentar el volumen de operaciones en determinados sectores. Puede liberar recursos para inversión empresarial. Y puede también reducir el diferencial económico existente entre realizar una operación dentro o fuera de la economía regular.
Todos esos efectos son económicamente posibles. Su intensidad, naturalmente, debe medirse. Y ésa debería ser precisamente la discusión.
La diferencia entre hacer una fotografía y contemplar una película.
Existe una manera extraordinariamente sencilla de calcular el coste de una rebaja fiscal. Si una operación que tributa al 7 pasa a tributar al 5, el ingreso tributario derivado de esa misma operación disminuye. La aritmética es irreprochable.
Pero la economía no permanece quieta mientras hacemos la cuenta. Si cambian los precios, pueden cambiar las cantidades demandadas. Si aumenta la renta disponible, puede cambiar el consumo. Si mejoran determinadas expectativas empresariales, puede cambiar la inversión. Si aumenta la actividad, aumentan las operaciones sujetas a tributación. Y si aflora actividad que hasta entonces permanecía fuera del circuito regular, aparecen bases imponibles que antes simplemente no existían para la Hacienda Pública.
La diferencia consiste en contemplar una fotografía o una película. La fotografía pregunta: ¿cuánto dejaríamos de recaudar aplicando un 5 por ciento a la actividad económica que tenemos hoy? La película pregunta: ¿qué actividad económica tendríamos después de varios años aplicando el 5 por ciento? Son preguntas diferentes. Y un Gobierno debería intentar responder a ambas.
La economía irregular también responde a incentivos.
Existe además una realidad incómoda. La economía sumergida no desaparece exclusivamente aumentando inspecciones, sanciones y controles. También se reduce cuando incorporarse al sistema regular resulta económicamente asumible. Naturalmente, ninguna presión fiscal justifica el fraude. El cumplimiento de las obligaciones tributarias no es opcional.
Pero eso no impide reconocer una elemental realidad económica: cuanto mayor sea la diferencia de costes entre operar dentro y fuera del sistema, mayor será el incentivo económico para permanecer al margen de él. Una Administración inteligente debe actuar en ambos lados de la ecuación. Perseguir el fraude. Pero también favorecer el cumplimiento voluntario.
Y cuando un autónomo o una pequeña empresa regulariza una actividad no comienza únicamente a pagar IGIC. Declara ingresos. Tributa por beneficios. Adquiere bienes y servicios con factura. Puede contratar trabajadores. Genera cotizaciones sociales. Y se integra en una cadena de operaciones económicas fiscalmente visibles.
Por ello, la pregunta no debería limitarse a cuánto recauda el IGIC de quienes ya cumplen. También debería preguntarse cuánta actividad adicional podría incorporarse a la economía regular con un entorno fiscal más favorable.
No pedimos un acto de fe. Pedimos un estudio
Llegados a este punto puede formularse la cuestión central. No se trata de pedir al Gobierno de Canarias que acepte como dogma que toda reducción fiscal incrementa la recaudación. No es cierto. Tampoco se trata de negar las enormes necesidades financieras de nuestra sanidad, nuestra educación, los servicios sociales o las infraestructuras públicas.
Se trata de algo bastante más sencillo: estudiar seriamente las consecuencias de cumplir lo prometido.
¿Cuánto disminuiría inicialmente la recaudación? ¿Cuánto consumo adicional podría generar la medida? ¿Qué efecto tendría sobre los precios? ¿Qué sectores resultarían especialmente beneficiados? ¿Qué impacto produciría sobre la inversión? ¿Qué parte de la reducción sería trasladada al consumidor? ¿Qué influencia podría tener sobre el cumplimiento voluntario? ¿Existe capacidad para introducir la rebaja progresivamente? ¿Podría aplicarse por fases? ¿Podrían establecerse mecanismos de revisión atendiendo a la evolución real de la recaudación?
Ésos son los estudios que debería conocer la sociedad canaria. Porque antes de concluir que una promesa electoral de tanta trascendencia económica no puede cumplirse, lo razonable sería explicar por qué.
La paradoja del éxito recaudatorio.
Aquí aparece, además, una paradoja peligrosa. Imaginemos que se sube un impuesto porque la Administración necesita más ingresos. Después mejora la economía. Aumenta la actividad. La recaudación crece. Los ingresos alcanzan cifras históricas. Y la conclusión es que no puede bajarse el impuesto porque ahora proporciona demasiados recursos. El mecanismo se convierte entonces en perfecto.
Cuando la economía va mal, no se pueden bajar impuestos porque falta recaudación. Cuando la economía va bien, tampoco pueden bajarse porque renunciaríamos a una recaudación que ahora resulta muy elevada. Nunca llega el momento. La excepcionalidad termina institucionalizada.
Y cada nuevo récord tributario, en lugar de abrir el debate sobre si puede devolverse parte del esfuerzo al ciudadano, se convierte en una nueva razón para consolidar el nivel de imposición existente.
Recaudar más no significa necesariamente gestionar mejor.
Quizá deberíamos empezar a discutir también otra idea profundamente arraigada. Que una Administración recaude más no significa, por sí solo, que administre mejor. Un sistema tributario no debería juzgarse exclusivamente por el volumen de dinero que consigue ingresar en las arcas públicas.
También debería evaluarse por su capacidad para sostener adecuadamente los servicios públicos sin retirar innecesariamente recursos a la economía productiva. El objetivo de la Hacienda Pública no debería ser maximizar indefinidamente la recaudación. Debe obtener la recaudación necesaria. La diferencia es enorme.
Porque todo euro público tuvo antes otra naturaleza. Antes de figurar en una partida presupuestaria pudo ser facturación de una empresa. Renta de un trabajador. Margen de un autónomo. Consumo de una familia. Ahorro. O inversión. Nada de ello resta importancia al gasto público. Simplemente recuerda algo elemental: los recursos públicos proceden del esfuerzo de la sociedad que los genera.
Y gobernar consiste también en decidir cuánto necesita realmente el sector público y cuánto conviene dejar en manos de ciudadanos y empresas para que continúen produciendo, consumiendo, ahorrando e invirtiendo.
Existe además un peligro presupuestario
Si cada aumento extraordinario de recaudación termina incorporándose inmediatamente a nuevas obligaciones permanentes de gasto, cualquier futura reducción fiscal acabará siendo imposible. Primero se afirma: “Necesitamos mantener este impuesto porque necesitamos esos ingresos”. La recaudación aumenta. Entonces aumenta también el gasto estructural.
Y algunos años después vuelve a afirmarse: “Ahora tampoco podemos reducir el impuesto porque necesitamos financiar el gasto que hemos consolidado”. El círculo puede prolongarse indefinidamente. Por eso las Administraciones deberían formularse de vez en cuando una pregunta que parece haber desaparecido del debate fiscal: ¿cuándo hemos recaudado suficiente? No para cerrar hospitales.
No para disminuir la calidad de la educación. No para abandonar las políticas sociales, sino para obligarnos a distinguir entre el gasto necesario y la tendencia natural de toda Administración a ocupar presupuestariamente cualquier espacio que le proporcione una mayor recaudación.
Empresarios y autónomos también tienen derecho a una explicación.
Quizá quienes perciben con mayor intensidad esta contradicción sean quienes cada día mantienen abierta una actividad económica. Empresarios y autónomos escuchan anunciar sucesivos incrementos de recaudación mientras continúan afrontando costes crecientes, obligaciones administrativas, financiación, salarios y una fiscalidad indirecta cuyo tipo general permanece donde estaba. Y recuerdan que se les prometió otra cosa.
No solicitan necesariamente que se desmantelen los servicios públicos. Ni que desaparezcan los impuestos. Solicitan algo mucho más razonable: que las promesas fiscales sean tomadas tan en serio después de las elecciones como lo fueron durante la campaña electoral.
Entonces, ¿qué ocurrió con el IGIC al 5 por ciento?
Ésta es finalmente la pregunta. Si el Gobierno considera actualmente que reducir el IGIC del 7 al 5 por ciento comprometería gravemente la financiación de los servicios públicos, debería publicar los cálculos que sustentan esa conclusión. Si considera que la rebaja puede acometerse parcialmente, debería explicar cómo y cuándo. Si está esperando determinadas condiciones económicas, debería identificar cuáles son.
Y si ha abandonado definitivamente aquel compromiso, debería decirlo con la misma claridad con la que fue formulado. Los ciudadanos pueden comprender que cambien las circunstancias. Pueden comprender una crisis. Pueden comprender una equivocación. Incluso pueden aceptar que una promesa resulte finalmente imposible de cumplir.
Lo que resulta mucho más difícil pedirles es que acepten que aquello que parecía perfectamente posible cuando se solicitaba su voto se transforme, una vez alcanzado el Gobierno, en una cuestión cuya ejecución siempre puede esperar.
No se trata solamente de dos puntos.
El debate sobre el IGIC al 5 por ciento no versa únicamente sobre dos puntos porcentuales. Habla de política económica. De competitividad. De consumo. De empresas. De autónomos. De economía irregular. De disciplina presupuestaria. De prioridades públicas. Pero también habla de algo quizá todavía más importante: de credibilidad.
Un programa electoral no es un contrato jurídicamente exigible. Pero tampoco debería ser un documento cuya fecha de caducidad coincida con la noche electoral. Y después de años de crecimiento de la recaudación, quizás haya llegado el momento de invertir la carga de la explicación. No corresponde ya únicamente a quienes defienden la rebaja demostrar que podría ser beneficiosa.
Corresponde también a quienes prometieron realizarla explicar por qué todavía no lo han hecho. No pedimos que el Gobierno crea que bajar impuestos aumenta siempre la recaudación. Pedimos algo bastante más sencillo: que demuestre por qué, después de años de fuerte crecimiento de los ingresos tributarios, continúa siendo imposible cumplir aquello que aseguró que haría. Porque los impuestos son necesarios.
Pero no son un fin en sí mismos. Son un instrumento para hacer posible una sociedad mejor. Y quizá una buena política fiscal no deba medirse únicamente por cuánto dinero consigue recaudar el Gobierno. Quizá también deba medirse por cuánto espacio es capaz de dejar a la sociedad para que continúe creando la riqueza que después habrá que repartir.
Las Palmas de Gran Canaria, 3 de septiembre de 2026.

