Por Jorge Rodríguez Pérez, abogado laboralista en Consortium Abogadis
Cuando perder un empleo significa algo más
El despido siempre impacta. Pero cuando afecta a una persona con discapacidad, el impacto es doble: no solo se pierde un empleo, sino que se suele producir en un contexto de mayor vulnerabilidad, y en muchos casos, de discriminación directa o encubierta.
La legislación laboral española reconoce un nivel especial de protección a las personas con discapacidad. Pero, en la práctica, muchas empresas actúan con desconocimiento o desprecio hacia esa protección.
¿Pueden despedirme si tengo discapacidad?
Sí, pero no por causa de la discapacidad ni en condiciones de desigualdad
El despido solo será legal si está debidamente justificado por causas objetivas o disciplinarias, sin vinculación alguna con la discapacidad del trabajador.
Si el despido tiene relación directa o indirecta con la discapacidad —por ejemplo, por haber pedido adaptación de jornada, por tener más bajas médicas o por no poder realizar ciertos turnos—, puede ser considerado nulo por discriminatorio.
¿Qué dice la ley?
El marco legal que protege a las personas con discapacidad frente al despido incluye:
- Artículo 14 de la Constitución Española: prohíbe la discriminación por razón de discapacidad.
- Artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores: declara nulo el despido de una persona con discapacidad si vulnera derechos fundamentales.
- Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad: reconoce el derecho a un trabajo digno, en condiciones de igualdad.
- Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo: confirma que la discapacidad es una causa protegida, incluso si no ha sido oficialmente reconocida pero hay evidencia médica suficiente.
Ejemplos de despido discriminatorio por discapacidad
- Una trabajadora con trastorno auditivo despedida tras varios años sin problemas, justo después de solicitar adaptación en su puesto.
- Un trabajador con epilepsia despedido tras comunicar su diagnóstico.
- Personas con baja por ansiedad o depresión derivada de discapacidad que reciben carta de despido sin más explicaciones.
- Reestructuraciones en las que los primeros en salir son quienes requieren algún tipo de apoyo o ajuste.
En todos estos casos, el despido no es solo improcedente: puede ser declarado nulo, lo que implica readmisión inmediata y cobro de salarios de tramitación.
¿Qué puedo hacer si me despiden y tengo discapacidad?
1. Solicita la carta de despido por escrito
Tienes derecho a saber los motivos del despido, por lo que deben darte la comunicación formal por escrito.
2. Consulta con un abogado de inmediato
Solo dispones de 20 días hábiles para impugnar el despido judicialmente. No dejes pasar el plazo.
3. Reúne documentación y pruebas
Recopila documentación médica, informes de adaptación solicitada, correos o indicios de trato discriminatorio. Todo puede ayudar a acreditar la conexión entre el despido y tu discapacidad.
4. Valora solicitar la nulidad del despido
Si hay vulneración de derechos fundamentales, el despido puede ser declarado nulo. Esto no es solo una indemnización: es la defensa de tu dignidad y tu derecho al trabajo en igualdad de condiciones.
En Consortium Abogadis te ayudamos a defenderte
Si has sido despedido o despedida y tienes una discapacidad, tu caso merece una atención legal especializada y humana. No estás solo. No estás sola.
En Consortium Abogadis, analizamos cada situación con rigor, experiencia y sensibilidad. Te ayudamos a:
- ✔️ Impugnar el despido
- ✔️ Solicitar la nulidad si ha sido discriminatorio
- ✔️ Reclamar una indemnización agravada
- ✔️ Defender tus derechos laborales y personales en juicio
Contacta con nosotros. Estamos para escucharte. Y para defenderte.

